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5 plazas de auxiliares de ayuda a domicilio

Guadalupe, N.L.
Cadena Silva
Auxiliar a domicilio
Publicada el 26 febrero
Descripción

Objeto y condiciones de la convocatoria
objeto de la convocatoria: contratación de cinco auxiliares de ayuda a domicilio en el marco del plan de fomento y activación del empleo local.
modalidad y duración del contrato: el contrato tendrá una duración de 6 meses, a tiempo completo, como contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo.
retribución: estará dotado con las retribuciones correspondientes al salario mínimo interprofesional (smi).
funciones
las funciones a desempeñar serán las propias del perfil profesional de un auxiliar de ayuda a domicilio, que corresponde ayudar, en el ámbito socio-sanitario y en el domicilio, a personas con especiales necesidades de salud física, psíquica y social, aplicando las estrategias y procedimientos más adecuados para mantener y mejorar su autonomía personal y sus relaciones con el entorno.
dentro de este ámbito profesional, se deberá ejercer la actividad en la organización, ejecución y control de actividades de atención socio-sanitaria directa a las personas y a su entorno en el domicilio.
requisitos de los aspirantes
a) tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 real decreto legislativo *, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público.
b) tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) no padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
d) no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones por sentencia firme.
e) los nacionales de los demás estados miembros de la unión europea deberán acreditar su nacionalidad y no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.
f) estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, al menos, del certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, o del certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulados en el real decreto *, de 1 de agosto; también se admite la titulación de formación profesional de técnico de cuidados auxiliares de enfermería o ciclo formativo de grado medio, técnico de atención sociosanitaria.
en caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además se adjuntará al título su traducción jurada.
proceso de selección
el proceso de selección se llevará a cabo mediante el sistema de concurso de méritos realizado por el ayuntamiento de guadalupe, teniendo en cuenta la estrategia y prioridades de empleo contenidas en el plan de fomento y activación de empleo local para mejora de la ocupabilidad aprobado inicialmente por el pleno municipal con fecha de 26 de enero de *.
los/as candidatos/as interesados/as deberán personarse en el ayuntamiento de guadalupe, donde deberán aportar todos los documentos que acrediten que cumplen los requisitos de la base segunda, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de estas bases.
la documentación a aportar será la siguiente:
fotocopia del d.n.i.
o equivalente.
documentación que acredite los requisitos exigidos en la convocatoria, así como los méritos a valorar.
certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, o del certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
tribunal calificador
el tribunal calificador estará integrado por cinco miembros: presidente/a, secretario/a y tres vocales, que serán designados por la alcaldía.
los miembros del tribunal serán empleados públicos y deberán poseer titulación de nivel igual o superior a la del puesto a ocupar.
el tribunal quedará integrado, siempre que sea posible, por los suplentes respectivos que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse.
documento firmado electrónicamente desde la plataforma espublico gestiona
#j-*-ljbffr

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